Sello de Calidad

El Consejo

El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Calatayud es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia, autonomía económica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

La finalidad del Consejo Regulador es la gestión de la D.O.P., a través de sus órganos de gobierno. Así mismo cuenta con una estructura de control para la certificación del Pliego de Condiciones.

La Denominación de Origen Protegida Calatayud fue constituida en el año 1989 con el fin de proteger y promocionar los vinos producidos en la zona.

  Pliego de condiciones                        Estatutos DOP Calatayud

Funciones

El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia, autonomía económica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

La finalidad del Consejo Regulador es la gestión de la D.O.P. a través de sus órganos de gobierno. Así mismo cuenta con una estructura de control para la certificación del Pliego de Condiciones.

Corresponden a los órganos de gobierno del Consejo Regulador, entre otros, los siguientes fines y funciones:
  1. Velar por el prestigio y fomento de la D.O.P. y denunciar, en su caso, cualquier uso incorrecto ante los órganos administrativos y jurisdiccionales competentes.
  2. Gestionar los registros de operadores de la D.O.P.
  3. Velar por el cumplimiento de la norma técnica.
  4. Investigar y difundir el conocimiento y aplicación de los sistemas de producción y comercialización propios de la D.O.P. e informar sobre estas materias a los operadores que lo soliciten y a la Administración.
  5. Proponer modificaciones de la norma técnica y del reglamento.
  6. Emitir informe no vinculante para la autorización de nuevas plantaciones, replantaciones y sustitución normal de viñedos en terrenos situados en la zona de producción, a efectos de su inscripción en el Registro de viñas de la D.O.
  7. Informar a los consumidores sobre las características de calidad de los vinos de la D.O.P.
  8. Realizar actividades de promoción.
  9. Elaborar estadísticas de producción, elaboración y comercialización de los productos amparados, para uso interno y para su difusión y general conocimiento.
  10. Establecer y gestionar las cuotas obligatorias y las tarifas por prestación de servicios.
  11. Expedir certificados de origen y marchamos de garantía.
  12. Autorizar y controlar las etiquetas y contraetiquetas de los vinos amparados, en aquellos aspectos que afecten a la D.O.P.
  13. Establecer, para cada campaña, con base en criterios de defensa y mejora de la calidad, y dentro de los límites fijados por la norma técnica, los rendimientos, límites máximos de producción o transformación o cualquier otro aspecto de coyuntura anual que pueda influir en estos procesos.
  14. Fijar los requisitos mínimos de control a los cuales ha de someterse cada operador en todas y cada una de las fases de producción, elaboración y comercialización, así como los mínimos de control para la concesión inicial y para el mantenimiento de la certificación.
  15. Colaborar con las autoridades competentes, particularmente en el mantenimiento de los registros públicos oficiales, así como con los órganos encargados del control.
  16. Velar por el desarrollo sostenible de la zona geográfica.
  17. Elaborar, aprobar y gestionar sus presupuestos.
  18. Calificar cada añada o cosecha.
  19. Otras funciones que les atribuyan los estatutos.

Organigrama

Los órganos de gobierno del Consejo Regulador serán el Pleno, el Presidente, el Vicepresidente y cualquier otro que se establezca en los estatutos.

El Consejo Regulador adaptándose a la nueva normativa diferencia claramente una división en su estructura organizativa. Por un lado, se crea un órgano de gestión dedicada a la gestión y a la promoción genérica de la Denominación de Origen. Por otra parte se crea un órgano de certificación dedicada a la certificación de las bodegas en el cumplimiento del Pliego de Condiciones de la Denominación de Origen Protegida y el Consejo Regulador, como entidad de certificación debe ser acreditado en la norma UNE-EN ISO/IEC 17065.

Con el objeto de cumplir los requisitos necesarios, el Consejo Regulador
ha creado una Estructura de Certificación formada por un Director de
Certificación y unos Auditores.

Certificación 

 

El proceso de certificación viene recogido en un procedimiento en el que se describe la sistemática a seguir por el Órgano de Certificación, del Consejo Regulador de la D.O.P. Calatayud durante las auditorías iniciales, de seguimiento y de renovación a las bodegas (visita de auditoría y toma de muestras), con el fin de obtener el Certificado que le permitirá utilizar la marca de conformidad de la Denominación de Origen Protegida Calatayud. Este procedimiento aplica a todas las fases del proceso de certificación realizadas a bodegas de elaboración, crianza, almacenamiento y embotellado de vino, independientemente de su carácter inicial o de renovación.

Las bodegas certificadas pueden comercializar vinos con la marca “D.O.P. Calatayud”. Los incumplimientos de los requisitos del Pliego de condiciones o del uso de la marca podrían suponer la no concesión o la suspensión/retirada del certificado y el uso de la marca, impidiendo a la bodega vender vino bajo el amparo de la D.O.P. Calatayud.

Se pone a disposición de quien lo solicite en la Oficinas del Consejo Regulador de la D.O.P. Calatayud la siguiente documentación:
    • Solicitud de inscripción y certificación vinos D.O.P. Calatayud (formato SIC)
    • Solicitud de inscripción viticultores (formato SIV)
    • Formato Declaración de Bodega (formato DB)
    • Tarifas en vigor (formato T)
    • PE-01 Procedimiento de Certificación vinos D.O.P. Calatayud
    • Capítulo 8 del Manual de Calidad – Quejas y Apelaciones
    • Uso de la Marca (UM)
    • Programa de Autocontrol mínimo

Para la inscripción de nuevos operadores se deberá solicitar el formato de “Solicitud de Inscripción y Certificación” (BD-00).

Cualquier otra información adicional de interés, podrán solicitarlo al CRDOP Calatayud y se le proporcionará.

Los siguientes listados: bodegas certificadas DOP Calatayud alcance, bodegas certificadas DOP Calatayud marcas y vigencia de los Certificados, están disponibles para su consulta solicitándolos a través de cualquiera de los medios de contacto indicados en esta página web.

Ley de transparencia

Se pone a Disposición de quien lo solicite en las Oficinas del Consejo Regulador de la D.O.P. Calatayud, la siguiente documentación:

Trabajo

Artículo 12.2 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón

      • Convenio colectivo.
      • Relación de puestos de trabajo.
      • Tabla de retribuciones del personal laboral.
      • Órganos de representación del personal.

Información sobre subvenciones

Artículo 18.

      • Resolución formación.
      • Resolución del PDR 3.2 Promoción

Cuentas abreviadas y presupuestos.

      • Balance de Situación Año 2022.
      • Cuenta de Pérdidas y Ganancias Año 2022.
      • Presupuestos Año 2023.